Eliminaron algunas disposiciones para operar en moneda extranjera, como la imposibilidad de transferir dólares a cuentas con una antigüedad menor a 180 días.
En el marco del blanqueo de capitales que se encuentra en pleno desarrollo, el Banco Central decidió hoy flexibilizar algunas normas referidas a la transferencias en dólares, en la búsqueda de facilitar esas transacciones y, a la vez, quitar ciertas obligaciones para los bancos aún vigentes, a pesar de la declarada intención del Gobierno de eliminar las restricciones cambiarias.
El BCRA, de esa forma, dispuso eliminar la sospecha de violación de las normas cambiarias como un causal de rechazo de una transferencia en dólares para uno de sus clientes. La disposición derogada consideraba un motivo válido para que el banco receptor de una transferencia en moneda extranjera la rechace bajo la “sospecha de que la transferencia esté asociada a un incumplimiento de la normativa sobre compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”. También disponía que en ese caso el cliente debía “ser informado del motivo del rechazo”.
Por tal motivo, aún cuando tenga indicios de que la transferencia que recibe no está cumpliendo con alguna parte de las restricciones aún vigentes, los bancos receptores no lo considerarán un motivo para rechazar la operación.
Ya hay una larga lista de pequeñas decisiones del BCRA destinadas a desarmar el intrincado esquema de restricciones cambiarias construido a lo largo de muchos años
La flexibilización conocida hoy no puede escindirse del escenario del blanqueo, en el que el Gobierno apunta especialmente a aquellos que pueden regularizar montos menores a USD 100.000 y en efectivo, y habrá movimientos entre las cuentas existentes y las nuevas Cuentas Especiales para la Regularización de Activos (CERA), tanto en dólares como en pesos.
En julio también se habían dictado normas para flexibilizar. El BCRA quitó la restricción para comprar dólares en el mercado financiero (dólar MEP y contado con liquidación) a aquellas personas que habían recibido ayuda salarial del Estado durante la pandemia a través del programa ATP y también a quienes reciben subsidios a las tarifas de los servicios públicos.